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¿Qué es la ley del Home Office?

Con el objetivo de garantizar el bienestar de quienes trabajan de forma remota, se han brindado lineamientos y obligaciones para los patrones y los empleados. 

A través de un comunicado la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, informó que la misma norma se debe proveer a los trabajadores de las herramientas necesarias para llevar a cabo home office o teletrabajo: como sillas ergonómicas, cobertura de gastos proporcionales como el consumo de internet y la energía eléctrica, por mencionar algunos. 

Esta norma es aplicable a los centros de trabajo que cuenten con empleados que trabajen más del 40% de su tiempo, desde un lugar diferente a la oficina central. 

  1. Los patrones deben contar con un listado actualizado de las personas trabajadoras  bajo esta modalidad, que incluya información como nombres, perfil del puesto, actividades a realizar, lugares de trabajo acordados, razón social y domicilio del centro de trabajo. 
  2. Se debe promover la cultura de prevención de riesgos laborales, se deben establecer horarios laborales, fomentar la perspectiva de género y se garantice la conciliación de la vida personal de quienes trabajen en esta modalidad. 
  3. Se debe informar sobre los riesgos ergonómicos y psicológicos que trae el trabajo desde casa a las personas trabajadoras.
  4. Los empleadores tienen la obligación de proporcionar las herramientas necesarias para el desempeño del teletrabajo: sillas ergonómicas, cubrir costos proporcionales al consumo de internet y energía eléctrica, así como los dispositivos electrónicos necesarios: ya sea computadoras, tabletas, teléfonos inteligentes e impresoras, esto también incluye el suministro de tinta para imprimir. 
  5. Los trabajadores deben contar con un lugar adecuado y seguro para realizar las tareas asignadas.