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Corte Internacional de Justicia desestima solicitud de México contra Ecuador

De acuerdo a la Corte Internacional de Justicia, no existe un riesgo real e inminente para emitir las medidas cautelares solicitadas por nuestro país en contra de Ecuador, debido al asalto de su embajada en Quito.

Aunque el organismo enfatizó la importancia de respetar la Convención de Viena, considera que las garantías dadas por Ecuador ya abarcan las preocupaciones que fueron expresadas por México.

“Las declaraciones unilaterales pueden dar lugar a obligaciones legales y los estados interesados pueden asumir las declaraciones unilaterales y confiar en ellas y tienen derecho a exigir que la obligación, así creada sea respetada”

Debido a que Quito se adelantó y anunció que ya había garantías por escrito a México de cumplir con su deber de respetar y proteger a su personal y diplomáticas, la corte internacional de justicia, no tuvo que emitir alguna orden.

Ecuador se comprometió a proporcionar plena protección y seguridad a las instalaciones, propiedades y archivos de la misión diplomática de México en Quito y también permitir el desalojo de dicha misión y de las residencias privadas de los agentes diplomáticos mexicanos.

“Actualmente, no hay urgencia, en el sentido de qué no existe un riesgo real e inminente de  perjuicio irreparable a los derechos reclamados” informó la Corte. 

Por último, la Corte reiteró que considera que las garantías dadas por el agente de Ecuador, en nombre de su gobierno son vinculantes y crean obligaciones legales para el demandado, por lo que el proceso del desalojo de las instalaciones de la embajada mexicana en Quito y de las residencias privadas de sus agentes diplomáticos,  podrá transcurrir sin ninguna dificultad. 

¿Qué pedía México ante la CIJ?

Garantías de seguridad para despejar los locales diplomáticos y la residencia privada de los agentes diplomáticos. Aparte de qué no hubieran nuevas acciones por parte de Ecuador sobre las decisiones que tome la corte y que el gobierno ecuatoriano se obtuviera de cualquier acto o conducta que agrave el litigio que se ocupaba en el tribunal.